Amplían el alcance de las Becas Progresar 2025: qué cambió y cuáles son los nuevos requisitos

El Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Educación de la Nación, aprobó una serie de cambios regulatorios en el marco del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar) a través de la Resolución 838/2025. Estas modificaciones abarcan desde nuevas condiciones para acceder al beneficio de las becas, hasta actualizaciones en los criterios de evaluación socioeconómica de aquellos que se postulen.
Asimismo, se lanzó una convocatoria para que aquellos que lo deseen se puedan anotar a la segunda edición del programa.

La Resolución ya fue firmada por el secretario de Educación, Carlos Horacio Torrendell, en donde se plantea una redefinición de los requisitos para que instituciones privadas accedan de manera excepcional al Programa en la línea de “Finalización de la Educación Obligatoria”.
En ese sentido, el texto sostiene que la decisión va en consonancia con el contexto actual que “hace necesario ampliar el monto dispuesto” anteriormente.
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Nuevos establecimientos en el Progresar
A partir de esta modificación, la Secretaría podrá autorizar diferentes incorporaciones de establecimientos privados, los cuales “emitan títulos oficiales; brinden un servicio gratuito o de contribución voluntaria de hasta el monto anual equivalente a DOS (2) veces el salario mínimo vital y móvil por todo concepto —es decir que no lo supere dicha base—, o estén localizadas en una zona donde no exista oferta estatal para ese nivel o modalidad".
Esta es una decisión de la Secretaría que está bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, la cual tomó de “manera excepcional”, a fin de asegurar el acceso y la permanencia de los estudiantes en las escuelas.
Cambios en la evaluación del “Progresar Trabajo”
Por otra parte, la nueva resolución introduce cambios en el proceso de evaluación socioeconómica para la línea “Progresar Trabajo”, destinada a personas interesadas en capacitarse en oficios o formación profesional, con el objetivo de facilitar su inserción laboral.
A partir de las modificaciones, solo se tomarán en cuenta los “ingresos personales del postulante registrados en las bases de datos del organismo al momento de la inscripción”, excluyendo los ingresos del grupo familiar. Esta disposición fue establecida en el artículo segundo de la reciente normativa.
La base de cálculo considerará exclusivamente la suma de ingresos provenientes de trabajo en relación de dependencia registrado, rentas de autónomos y monotributistas, jubilaciones y pensiones, así como prestaciones contributivas y no contributivas.
Quedarán fuera del cálculo conceptos como horas extras, asignaciones por maternidad, plus por zona desfavorable y aguinaldo.

Asimismo, se aclara que se exceptuará del nuevo criterio a aquellos estudiantes que sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez, otorgada bajo el artículo 9° de la Ley N° 13.478.
Estas medidas acompañan el segundo lanzamiento del programa y la reapertura del período de inscripción, establecidos mediante la Resolución 1149/2025, emitida por el Ministerio a cargo de Sandra Pettovello.